AJUSTES FORMULADOS AL IVA

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La Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-, derivado de solicitudes de devolución presentadas, a las empresas de los diferentes sectores les ha determinado, formulado y notificado ajustes al Impuesto al Valor Agregado (IVA) por diversos conceptos, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 146 del Código Tributario.

Conocido es, que por ajustes formulados la SAT retiene el crédito fiscal solicitado y no lo devuelve hasta que se desvanezcan tales ajustes.

Por lo anterior, todo ajuste que se formule, en su momento se debe de analizar detenidamente, ya que en la mayoría de ocasiones no proceden, por haberse formulado con base a criterios propios del personal de la SAT y por ello son improcedentes.

De conformidad con el primer párrafo del artículo 146 del Código Tributario, en cada ajuste que se formule se debe precisar los fundamentos de hecho y de derecho que lo respaldan y éstos deben notificarse al contribuyente; caso contrario, sería ilegal.

A cada fundamento de hecho y de derecho de los ajustes formulados, es a los que se le debe prestar total atención, ya que con base a ellos se determina en alto porcentaje si los mismos proceden o no y si están determinados correctamente.

Efectuado lo anterior y confirmada la procedencia del ajuste, también se deben evalúan las pruebas con las que se cuenta y analizar cómo gestionar y obtener las que no se tienen a la mano, así como el momento en que las mismas se pueden presentar dentro del proceso de defensa.

Realizado lo expuesto, conviene elaborar una estrategia respecto a cómo se va estructurar la defensa del caso con sus pruebas, ya que el objetivo es desvanecer los ajustes que la SAT formule.

Si se desvanecen los ajustes, cuando procede, se devuelve el crédito que en su momento fue retenido.  Si el o los ajustes no se desvanecen, se recomienda analizar si el crédito continuará en las Declaraciones del IVA, o bien se envía al gasto.  Si necesita apoyo o asesoría al respecto, con gusto podemos apoyarle.

Bayron Cano

Coordinador Recuperación de Créditos Fiscales

 

 

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