AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS Y SU DIFERENCIA CON RELACIÓN AL ESTUDIO DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA

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Una situación muy común que suele suceder en las compañías es que, con frecuencia contratan a un consultor de Precios de Transferencia de la firma “A” y a su vez, contraten a un auditor de la firma “B” para que emita una opinión sobre sus Estados Financieros Estatutarios (para efectos fiscales), con el objetivo de “mantener la independencia” en la ejecución de ambos servicios, práctica que no suele ser del todo objetiva. 

Los servicios de Auditoría de Estados Financieros y el Estudio de Precios de Transferencia son actividades independientes que aunque pueden interactuar, tienen objetivos, enfoques y normativas específicas que las diferencian, a continuación, las detallaremos.

1.    DIFERENCIAS EN LOS OBJETIVOS:

Auditoría de Estados Financieros: Se centra en dictaminar, en la preparación y en el cumplimiento de todos los aspectos materiales de conformidad con los criterios y prácticas contables utilizadas en la elaboración de la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta.

Estudio de Precios de Transferencia: Evalúa que las transacciones entre las partes relacionadas (locales y extranjeras) cumplan con el principio de plena competencia, además, incluye analizar si los precios de las transacciones están alineados con el valor de mercado.

2. METODOLOGÍA Y ENFOQUE:

Auditoría de Estados Financieros: Verifica que los registros contables y transacciones financieras se hayan preparado de conformidad con normas de auditoría internacionalmente reconocidas. 

Estudio de Precios de Transferencia: Utiliza herramientas económicas y análisis comparativos, adicionalmente; incluyen la revisión de márgenes, precios y rentabilidad para determinar si reflejan condiciones de mercado.

3. NORMATIVA ESPECÍFICA: Las reglas de precios de transferencia son aplicables exclusivamente a transacciones entre las partes relacionadas internacionales, mientras que la auditoría de estados financieros estatutarios observa lineamientos del Impuesto Sobre la Renta para la preparación de éstos.

4. INDEPENDENCIA LEGAL Y CONCEPTUAL: Las prácticas de precios de transferencia se consideran un componente especializado dentro de una auditoría de estados financieros estatutarios.

5. DIRECTRICES DE LA OCDE (ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO):

Aunque las directrices de la OCDE no mencionan explícitamente la independencia entre ambas prácticas, se infiere a los objetivos y principios que se indican:

-El análisis de precios de transferencia evalúa transacciones específicas para garantizar que se cumpla el principio de plena competencia.

-Los registros contables pueden no reflejar los valores de mercado requeridos en un análisis de precios de transferencia por lo que, este análisis requiere ajustes que exceden el alcance de una auditoría de estados financieros estatutarios estándar.

-Las administraciones tributarias pueden realizar auditorías específicas de precios de transferencia, diferentes a los de una auditoría de estados financieros estatutarios.

Concluimos en que la Auditoría de Estados Financieros Estatutarios y el Estudio de Precios de Transferencia, son técnicas complementarias pero independientes entre sí y por ser distintas cada una requiere conocimientos especializados y herramientas específicas para cumplir sus objetivos.

Para cualquier consulta nos ponemos a sus órdenes para asesorarles en este proceso y para la prestación del servicio de Auditoría de Estados Financieros Estatutarios y el Estudio de Precios de Transferencia para el cierre fiscal del período 2024.

 

Lic. Giovanni Solis
Alfonso Orozco & Asociados.

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