Se acerca el fin del año, y esto hace necesario que se tomen decisiones en la planificación fiscal de nuestras empresas para el 2023. Si dentro de dicha planificación, contemplas el cambio de forma de acreditamiento del Impuesto de Solidaridad -ISO-, es necesario que tomes en consideración lo siguiente:
Aquellos contribuyentes que se encuentren afiliados a la opción de acreditamiento contemplada en la literal b) del artículo 11 de la Ley del ISO, Impuesto Sobre la Renta -ISR- acreditable al ISO, y deseen hacer cambio a la opción a) ISO a ISR, para el año 2023, lo podrán realizar únicamente con autorización de la Administración Tributaria.
Es por ello por lo que la SAT ha informado a los contribuyentes que deseen realizar dicho cambio en su forma de acreditamiento, que se tiene hasta el 05 de diciembre del 2022, para poder presentar su solicitud ante dicha institución.
Posteriormente a presentar la solicitud, la Administración Tributaria notificará la autorización del cambio de forma de acreditamiento. Para realizar dicho cambio, se puede realizar el cambio por medio de una actualización de datos en la Agencia Virtual de SAT del contribuyente. Este cambio surte sus efectos a partir del 01 de enero de 2023.
Si tienes dudas o necesitas apoyo con este trámite ante la SAT, nos podemos a tus órdenes para asesorarte y apoyarte con el cambio de forma de acreditamiento.
Roberto Galindo
Coordinador de Defensa Fiscal y Servicios Mercantiles