Recientemente la Superintendencia de Administración Tributaria dio a conocer el Criterio Tributario Institucional No. 02-2023, relacionado con el acreditamiento del Impuesto de Solidaridad -ISO- pagado en forma extemporánea, emitido con fecha 05 de junio de 2023.
Con este Criterio Tributario se “deroga” lo relacionado al caso 6 del Criterio Tributario 03-2017 y el Criterio Tributario 02-2021. En resumen, con este nuevo Criterio Tributario se confirma el derecho de acreditar los pagos extemporáneos de ISO a los pagos de Impuesto Sobre la Renta de los tres años calendarios inmediatos siguientes, además de que no se toma en cuenta para estos efectos, lo pagado en concepto de mora, multas e intereses.