Durante el último trimestre del año recién concluido, la SAT emitió “criterios tributarios institucionales” sobre temas que han generado polémica respecto a la forma de interpretar y aplicar algunas leyes tributarias.
Tal y como lo hemos mencionado con anterioridad, una de estas leyes, es la del Impuesto de Solidaridad. En el presente caso, los criterios emitidos por la SAT se enfocan a las diversas complicaciones que se generan con los acreditamientos entre el ISO y el ISR, por la forma de interpretación de los artículos 10 y 11 de la ley del ISO.
Adicional a los criterios antes indicados, también fueron emitidos “Criterios institucionales relacionados con el Impuesto al Valor Agregado e Impuesto sobre la Renta en el comercio electrónico”, pues para este tipo de situaciones, las leyes indicadas no hacen referencia específica respecto al tratamiento que debe dársele a las compras de software y licencias por el derecho de uso de programas informáticos, cuando el vendedor no es residente en nuestro país.
Vemos adecuada la intención de la SAT en dar a conocer estos “criterios”, con el objeto de “orientar” a los contribuyentes; no obstante hacemos especial énfasis en lo siguiente:
- No tienen carácter de Ley. Únicamente el Congreso de la República tiene la potestad de emitir leyes.
- No hacen referencia a que cuenten con el aval del Tribunal Tributario y Aduanero -TRIBUTA-.
- Adicionalmente, vemos que algunos criterios van en contra de preceptos constitucionales y legales que violentan las garantías de los contribuyentes. Más adelante analizaremos esos criterios.
Debido a lo anterior, y principalmente por las complicaciones que se generan con los acreditamientos de ISO a ISR o viceversa, es conveniente someter cualquier duda o consulta a expertos en la materia, quienes en apego a Ley y a los intereses de los contribuyentes, puedan orientarlos de una mejor forma ante este tipo de complicaciones. Nuestra Firma cuenta con suficiente experiencia para apoyarles en estos temas.
Lic. David Rodríguez
“Los asuntos sencillos, la inexperiencia los complica;
la experiencia en cambio, sugiere soluciones sencillas”.®