DIFICULTADES EN LA RECUPERACIÓN DE LOS PAGOS EN EXCESO DEL ISR, GENERADOS DEL 2013 EN ADELANTE

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Actualmente, la recuperación de los pagos en exceso de ISR es un verdadero dolor de cabeza para los contribuyentes; esto por tres razones esenciales. Veamos:

  1. El plazo en resolver: Según nuestra experiencia, el tiempo que se tarda la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- en fiscalizar y resolver una solicitud, es de 2.5 a 3 años. No obstante, vale la pena indicar que existen acciones legales para reducir significativamente este plazo.
  2. La espera para el acreditamiento: Cuando se opta por la devolución, el Ministerio de Finanzas Públicas para acreditar el efectivo en la cuenta bancaria de los contribuyentes, una vez es emitida la resolución por parte de SAT, se demora entre 3.5 a 4 años, y
  3. Denegatorias arbitrarias: Algunas solicitudes son denegadas con base a criterios ilegales e injustos.

Uno de los criterios que la SAT ha utilizado recientemente para denegar este tipo de solicitudes, ya sea por devolución (restitución) o compensación de lo pagado en exceso, obedece al hecho de que los pagos trimestrales de ISR no fueron cubiertos con efectivo, sino con acreditamientos de pagos en exceso de ISR, o de ISO pagado estando inscrito en la opción a) de acreditamiento de dicho impuesto.

De lo antes indicado, es importante saber:

  1. ¿Es legal el criterio de SAT? No. Derivado que no existe norma legal alguna que sustente este criterio, como tampoco otros que la SAT está utilizando para denegar este tipo de solicitudes.
  2. ¿Qué efecto tendría no solicitar la restitución o compensación de lo pagado en exceso, por temor a una denegatoria con base a este criterio? Pérdida del capital de trabajo de la empresa, pues se tendría que reconocer como un gasto no deducible. Debemos tener presente que el derecho para reclamar el ISR pagado en exceso vence en 4 años (período de prescripción).
  3. ¿Qué puedo hacer si deniegan mi solicitud con base a este criterio? Hacer uso de todos los recursos legales, utilizando los mecanismos de defensa respectivos para evitar que la SAT actúe de forma arbitraria y que exista el riesgo de la confiscación del capital de trabajo de la empresa.

Si su empresa cuenta con pagos en exceso de ISR, reclámelos pronto; mejor si busca asesoría de expertos en el tema, para asegurar un resultado positivo.

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