Las entidades de los diferentes sectores económicos, si cumplen con la condición de ser exportadores, según la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) tienen el derecho de solicitar ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) la devolución del crédito fiscal que se genere por las actividades de exportación.
Existen varias formas de reclamar el crédito fiscal ante la SAT, pero una de las más conocidas es la del Régimen General, que consiste en solicitar electrónicamente la devolución por períodos trimestrales o semestrales.
Previo a emitir la Resolución donde se autoriza o no la devolución del crédito fiscal, la SAT realiza una revisión a la documentación que soporta el crédito solicitado y entre la información que se fiscaliza está la del adecuado respaldo de los pagos realizados a los proveedores.
Entre los documentos que respaldan el pago al proveedor está la factura emitida, el cheque o transferencia, retenciones de IVA y de ISR cuando procede, y una integración en los casos que el pago sea por lote de facturas.
Como uno de los documentos que respaldan el crédito es la factura emitida por el proveedor, se debe tener cuidado que dicho documento cumpla con los requisitos que se establecen en el artículo 18 de la Ley del IVA, principalmente que se describa lo más amplio y detallado el bien o servicio que se adquirió; es decir, no consignar siglas ni describir brevemente lo adquirido, ya que éste es uno de los principales motivos por el cual se objeta la devolución.
Si la descripción del bien o servicio por ser breve no es claro, al auditor de la SAT se le proporciona elementos para no devolver y en su lugar ajustar el crédito fiscal. Si se ajusta, no se devuelve el crédito.
Este tipo de ajuste es uno de los más complicados de desvanecer, ya que el inconveniente está en el documento que directamente respalda el crédito, como lo es la factura, y eso no ayuda en la respectiva defensa, ya que el asunto se presta a interpretaciones y la SAT lo interpreta a su favor, denegando el crédito solicitado.
Con lo anterior se refleja la importancia que tiene el respaldar adecuadamente el crédito fiscal que se solicita en devolución ante la SAT; por lo que se recomienda que previo a solicitarse el crédito, se revise que la información y documentación esté adecuadamente respaldado, si requiere apoyo al respecto, será un gusto atenderle.
Bayron Cano
Coordinador Recuperación de Créditos Fiscales