RENOVACIÓN DE MARCAS

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En el momento que se realiza el registro de una marca, el titular adquiere la propiedad y uso exclusivo del signo distintivo por un plazo de 10 años, dicho plazo se puede renovar indefinidamente por períodos de igual tiempo.

Dicha renovación debe ser solicitada ante el Registro de la Propiedad Intelectual, dentro del plazo de un año antes de su vencimiento. Si no se realiza el trámite de renovación dentro del plazo establecido, la Ley de Propiedad Industrial permite que se pueda presentar la solicitud 6 meses posteriores a la fecha de su vencimiento.  Durante este período de gracia, el registro de la marca mantiene su vigencia plena, pero se deberá pagar la tasa de renovación, más el recargo que establece el Registro de Propiedad Intelectual.

Si tiene dudas acerca de la renovación de su marca, será un gusto brindarle apoyo y asesoría.

 

Roberto Galindo
Coordinador Defensa Fiscal y Servicios Mercantiles

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